En el marco de la operación de las Farmacias, la receta médica constituye el principal mecanismo de enlace con la atención médica ya que es a través de ella que se formaliza el plan terapéutico del médico siendo el documento que contiene, entre otros elementos, la prescripción de uno o varios medicamentos. Por ello, el presente define los aspectos que deben revisar las Farmacia para considerar válidas las recetas médicas que le sean presentadas para efectos de la venta o suministro de medicamentos.
Profesionales autorizados para prescribir medicamentos
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- Médicos.
- Médicos Homeópatas
- Cirujanos Dentistas
- Médicos Veterinarios en el área de su
competencia.
La receta médica debe contener:
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- El nombre del médico.
- El nombre de la institución que expidió el título profesional.
- El número de Cédula Profesional y en caso de indicar alguna especialidad, el número de registro de la misma, otorgada por la Dirección General de Profesiones.
- El domicilio del Establecimiento para la Atención Médica.
- La firma autógrafa del médico. En los recetarios de instituciones públicas, estos datos podrán ser manuscritos o imprimirse con sello con tinta indeleble. Cuando una receta lleve impresos los datos de varios médicos, deberán señalarse claramente los correspondientes al médico prescriptor e incluir su firma autógrafa
- Número telefónico del médico o consultorio.
- Fecha de expedición. A partir de este requisito se determina la vigencia de la receta cuando así aplica.
- Datos del paciente.
- Es obligatorio incluir nombre completo del paciente y fecha de nacimiento.
- Es opcional incluir talla, peso y diagnóstico del paciente, excepto para la prescripción de medicamentos de la fracción I del artículo 226 de la Ley General de Salud, en donde es indispensable incluir domicilio y diagnóstico del paciente.
- . Denominación del medicamento.
- La receta debe contener la denominación genérica del
medicamento de forma obligatoria (principio (s) activos, sustancia que le dará el efecto terapéutico al medicamento). - Si el médico desea especificar una denominación distintiva (marca comercial), también podrá señalarla en la receta. Si en la receta se especifica la denominación distintiva del medicamento, su venta o suministro debe ajustarse precisamente a esta denominación y sólo se podrá sustituir el medicamento si lo autoriza expresamente quien lo rescribe.
- En el caso de medicamentos magistrales se considera la descripción de la formulación
- La receta debe contener la denominación genérica del
- Presentación del medicamento. Concentración, contenido y forma farmacéutica.
- Dosis y vía de administración del medicamento.
- Frecuencia y duración del tratamiento. En un tratamiento crónico, de más de seis meses, el médico podrá indicarlo en la receta.
- Indicaciones completas y claras para la administración del medicamento (sin abreviaturas). Cuando el médico lo considere puede incluir recomendaciones para tomar antes o después de los alimentos o antes de acostarse, dilución, consumo o restricción de ciertos alimentos y ejercicios y otras instrucciones. No deben tener correcciones que pudieran confundir al personal, paciente o farmacéutico.
Recomendaciones en una receta
Cuando se emplee una dispositivo médico para la administración de medicamento, el médico o el profesional farmacéutico orientará al paciente sobre cómo usarlo y explicará las indicaciones que acompañan al producto.
Se deberán tomar en cuenta las necesidades especiales de los pacientes: niños, ancianos, personas con capacidades diferentes, embarazadas, enfermos crónicos y personas que no sepan leer. El profesional farmacéutico podrá detallas las indicaciones en una hoja aparte para que el paciente la conserve como referencia
Medicamentos controlados.
- Cada medicamento controlado requiere una receta individual.
- No se permite incluir mas de un medicamento controlado en una sola receta.
- Farmacia Herrera dispensa medicamento controlado en tienda física y a domicilio de manera local en las ciudades de Celaya y Cortázar Guanajuato bajo el siguiente protocolo.
- Personal del área de reparto de Farmacia Herrera visitará el domicilio para recolección de la receta y llevarla a farmacia para validación con el personal correspondiente.
- De ser valida la receta, se surtirá el pedido correspondiente y la receta será retenida en farmacia conforme al reglamento que señala la ley.
- Cuando la receta no cumpla con los requisitos que señala la ley, Farmacia Herrera se reservará el surtido del pedido y se hará entrega de la receta.
Recetas Mixtas
- No está permitido combinar medicamentos controlados y antibióticos en la misma receta médica.
- Si se requieren ambos tipos de medicamentos, se deberá presentar una receta distinta para cada categoría.
Si tienes alguna duda, contáctanos y con gusto te atenderemos.
*Suplemento para establecimientos dedicados a la venta y suministro de medicamentos y demás insumos para la salud. 6ª. Ed. 2018 Cap. XI y XII y Complemento 2020 Cap. XI